lunes, 4 de junio de 2012

CSI·F vuelve a congregar a cientos de personas en Málaga contra el Plan de Ajuste


La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) en Málaga continúa con las movilizaciones para protestar contra el Plan de Ajuste del Gobierno autonómico. En esta ocasión, la mañana del viernes 1 de junio acogió la concentración de más de doscientas personas frente al Edificio de Usos Múltiples de la Junta de Andalucía (Edificio Negro) de la capital, donde, además, el sindicato distribuyó cerca de quinientos desayunos reivindicativos entre los asistentes.

Con el rechazo a los recortes del plan económico por bandera, CSI·F aprovechó la protesta para iniciar una recogida de firmas a favor de la reducción salarial del 30% a políticos del Gobierno andaluz; y de la eliminación del 50% de los altos cargos de la Administración y empresas públicas.
En este sentido, la próxima cita del sindicato en Málaga para protestar contra las medidas anunciadas y la gestión del ente público tendrá lugar el 4 de junio, frente a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, a partir de las 18.00 horas.
Los delegados del Csif de Alhaurin de la Torre siguen desde un principio participando en estas movilizaciones provocadas por los recortes en la Junta de Andalucia.

El sindicato ha recogido firmas a favor de una bajada salarial a políticos y la reducción del 50% de los altos cargos de la Junta.

viernes, 1 de junio de 2012

Administraciones públicas, visado colegial y restricción de la competencia

La Comisión Nacional de la Competencia (en adelante CNC) ha publicado recientemente el “Informe sobre Colegios Profesionales tras la trasposición de la Directiva de Servicios”. El informe tiene por objeto impulsar la completa adecuación de las nomas autonómicas, de los estatutos y demás normas internas que regulan la actividad de los colegios profesionales a la normativa estatal básica.
El informe parte de la constatación de que la normativa estatal básica -Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Omnibus)- ha traspuesto adecuadamente la Directiva de Servicios en lo que se refiere a la actividad de los colegios profesionales. Pero se comprueba que buena parte de la legislación autonómica sobre la materia y de la normativa interna de los colegios profesionales todavía no se ha adaptado a la normativa estatal.Esta falta de adaptación hace que sigan existiendo barreras tanto para el acceso como para el ejercicio de determinadas actividades profesionales. El informe aborda todas estas cuestiones y hace una serie de recomendaciones para eliminar estas barreras.
Nos ocuparemos aquí de una de las barreras al ejercicio de determinadas actividades profesionales como es el visado colegial. Y nos centraremos en la posición que deben mantener las Administraciones Públicas a la hora de exigir el visado a los proyectos que se presenten con las solicitudes de autorización o declaración responsable, a la vista de la nueva orientación que se le da a este instrumento de control en la normativa básica estatal que ha traspuesto la Directiva de Servicios.
Es frecuente que la legislación sectorial –urbanismo, medio ambiente, espectáculos públicos, industria… -, y también algunas ordenanzas municipales, al regular la documentación necesaria para la obtención de las licencias y autorizaciones, exijan la presentación de proyecto redactado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional. De alguna manera esta legislación ha completado a la normativa sobre colegios profesionales, imponiendo en todos estos casos la obligatoriedad del visado.
En algún caso concreto, como es el urbanismo, la legislación en esta materia ha ampliado la función de control del visado, extendiéndolo a la comprobación del cumplimiento de la normativa urbanística. El visado colegial de los colegios de Arquitectos se ha venido configurando como un control urbanístico previo al efectuado por la licencia de obras.
Este escenario varia sustancialmente con la nueva regulación del visado establecida en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ley Omnibus), que modifica Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, desarrollada en lo que al visado se refiere por Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto. El nuevo marco jurídico persigue favorecer la competencia en el ejercicio de las actividades profesionales, eliminando la traba innecesaria que ha supuesto la exigencia del visado.
Para ello se establece como regla general la voluntariedad del visado, de manera que se visarán los trabajos profesionales “únicamente cuando se solicite por petición expresa de los clientes, incluidas las Administraciones Públicas cuando actúen como tales” (art. 13.1 LCP). Como excepción a esta regla se prevé que el Gobierno pueda imponer la obligatoriedad del visado mediante Real Decreto cuando sea necesario por existir una relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad física y seguridad de las personas y que sea el instrumento de control más proporcionado. El Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, limita el número de visados obligatorios a un total de nueve, desde las aproximadamente ochenta actividades sujetas anteriormente a visado colegial. Se imponen como obligatorios –artículo 2- tres visados en el ámbito de la edificación, dos relativos a las voladuras y demoliciones de edificios, tres en el ámbito de la fabricación y venta de explosivos, cartuchería y pirotecnia y uno relativo a recursos mineros.
Por otra parte, se ha determinado con precisión el alcance del visado colegial, quedando limitada su función a la verificación de la identidad del profesional firmante de los trabajos y su habilitación, y a la comprobación de la integridad formal de la documentación del proyecto. De manera que el visado no comprenderá el control técnico de los elementos facultativos del trabajo profesional.
A lo expuesto hay que añadir que se le reconoce al profesional la libertad de elegir el Colegio que le parezca más adecuado dentro de los competentes en la materia, así como el Colegio que territorialmente considere más adecuado dentro de los límites permitidos, introduciendo con ello mayor competencia, tanto intercolegial como intracolegial.
Este nuevo régimen jurídico del visado establecido en la normativa básica estatal –que es la trasposición en este punto de la Directiva de Servicios- se impone a la legislación sectorial, a las ordenanzas municipales y, por supuesto, a las normas internas de los colegios profesionales. Sería deseable por razones de seguridad jurídica la modificación de estas disposiciones normativas, en lo que se refiere a la exigencia de visado de los proyectos, para adaptarse al nuevo marco jurídico establecido en la Ley de Colegios Profesionales y en el RD 1000/2010, como recomienda el Informe de la CNC.
No obstante, y aun cuando no se ha producido esta adaptación normativa, las Administraciones públicas sólo deben exigir el visado colegial de los proyectos presentados con las solicitudes de licencias o autorizaciones, o con las declaraciones responsables, cuando sea obligatorio por venir así establecido en el RD 1000/2010. Y en estos casos, se deberá aceptar el proyecto visado independientemente del colegio que lo haya emitido, siempre que sea competente por razón de la materia, y aun cuando el colegio tuviese su sede fuera del ámbito territorial de la Administración en la que se presenta el proyecto.
En todos los demás supuestos, que son la mayoría, los proyectos podrán presentarse sin visar y las Administraciones Públicas deberán tramitar las solicitudes de autorizaciones y licencias o aceptar las declaraciones responsables.
Las Administraciones públicas deben ser conscientes de la nueva orientación que se le ha dado al visado colegial y de las consecuencias que pueden derivarse en el caso de exigir la presentación de proyectos visados cuando no sea obligatorio por no imponerlo la normativa estatal que traspone en este punto la Directiva de Servicios. La exigencia de visado cuando no sea obligatorio constituye una práctica restrictiva de la competencia frente a la que puede actuar la CNC.
Algunas Administraciones Públicas -probablemente por la presión a la que se ven sometidas por Colegios Profesionales de larga tradición que ven desaparecer su principal fuente de ingresos con la supresión del visado- pretenden eludir el nuevo y preciso marco jurídico del visado, extendiendo su obligatoriedad a casos distintos de los previstos en el RD 1000/2010 o sustituyendo el visado por otros instrumentos de dudosa legalidad que cumplirían un fin parecido. Y todo ello, como ha quedado expuesto, con el único fin de salvaguardar la principal fuente de ingresos de algunos Colegios Profesionales y sin tener en cuenta el riesgo de que se les impongan sanciones importantes por practicas restrictivas de la competencia. Pondremos algunos ejemplos.
Inmediatamente después de aprobarse el RD 1000/2010, de 5 de agosto, el Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón aprobó la Orden de 15 de octubre de 2010, por la que se hace pública la Circular 04/2010 de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa relativa a la interpretación del citado Real Decreto. La verdadera finalidad de esta Circular no es otra que imponer la obligatoriedad de visado a los proyectos de instalaciones, aparatos y equipos, afectados por reglamentación de seguridad industrial, que no están incluidos entre los enunciados en el artículo 2 del RD 1000/2010.
Por otra parte, como se ha dicho, se han buscado mecanismos alternativos a los visados para que algunos Colegios Profesionales puedan ya no seguir efectuando un control sobre los proyectos sino obteniendo unos ingresos de los que depende su funcionamiento. A ellos se refiere el informe de la CNC y advierte de su ilegalidad. Se hace referencia en el informe a los acuerdos entre la Federación Española de Municipios y Provincias (en adelante FEMP) y los colegios de Ingenieros Superiores Industriales, Ingenieros Técnicos Industriales y Arquitectos Técnicos que tenían por objeto la implantación de visados de idoneidad técnica en los ayuntamientos, reservando esta actividad a favor de estos Colegios Profesionales.
Estos acuerdos dieron lugar a que la CNC incoase un procedimiento sancionador por posibles practicas restrictivas de la competencia, que fue resuelto mediante terminación convencional por el Consejo de la CNC, en fecha 28 de diciembre de 2011, previo compromiso por parte de la FEMP de rescindir los convenios firmados y no firmar convenios de esta naturaleza en el futuro.
La CNC considera que el instrumento de comprobación documental contemplado en estos convenios de colaboración es similar al sistema de visado obligatorio, por lo que también supone una barrera al ejercicio de la actividad profesional restrictiva de la competencia. Se advierte, además, que la reserva de esta actividad de comprobación a algunos colegios profesionales discriminaría a otros colegios y a entidades que pueden desarrollar igualmente esta función de comprobación.
En suma, las Administraciones Públicas sólo deberán exigir el visado colegial de proyectos cuando ello sea obligatorio por venir así establecido en el artículo 2 del RD 1000/2010, so pena de incurrir en actuaciones ilegales restrictivas de la competencia, que pueden dar lugar a la intervención de la CNC mediante el ejercicio de la facultad de impugnar ante la jurisdicción contencioso-administrativa disposiciones reglamentarias y actos administrativos, que le reconoce el artículo 12.3 de la Ley de Defensa de la Competencia.
Pedro Corvinos Baseca

jueves, 31 de mayo de 2012

Empleo justifica el límite temporal del contrato de emprendedores por "seguridad jurídica"

La secretaria de Estado de Empleo, Engracia Hidalgo, ha explica que la vigencia del contrato para emprendedores hasta que el paro se reduzca al 15%, introducido vía enmienda en la reforma laboral, responde a una razón de "seguridad jurídica" y para "homogeneizarlo" con el contrato de formación y aprendizaje.
En rueda de prensa tras asistir a la LIII Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, Hidalgo admitió que "no se sabe cuando se va a alcanzar el 15% de paro" y confió en que se logre "cuanto antes" gracias a la reforma laboral.
En la conferencia sectorial se han tratado también el reparto territorializado de los recursos para gestionar políticas activas de empleo para 2012. En este punto, Hidalgo ha recordado que este año se destinarán a estas actuaciones 5.807 millones de euros, 1.500 millones menos que en 2011, de los que las comunidades autónomas gestionarán 1.318 millones de euros, un 57% menos que hace un año.
Concretamente, destinarán a formación 966,5 millones de euros, a empleo 322,3 millones y a modernizar los servicios públicos de empleo, 30 millones.
"ESTE AÑO ES EXTRAORDINARIO"
Hidalgo ha restado importancia al recorte aplicado en la partida que gestionan las comunidades autónomas y ha argumentado que "lo importante es dónde se hacen (las actuaciones de formación y empleo), no dónde se gestionan". "Este año es extraordinario", añadió.
Además, la secretario de Estado de Empleo ha concretado que el Estado contará con 2.600 millones de euros para bonificaciones, cuantía que ha subido "de forma importante", 525 millones para financiar el plan Prepara y 560 millones para formación, entre otras partidas.
Otros de los asuntos tratados han sido el proyecto de desarrollo reglamentario del contrato para la formación y el aprendizaje y las bases para la formación profesional dual, así como el proyecto de Real Decreto que modifica la regulación de los certificados de profesionalidad.
Este contrato se amplia a jóvenes de hasta 30 años, hasta que la tasa de paro baje del 15%. Por otro lado, el tiempo de trabajo efectivo no puede exceder del 75% el primer año y del 85% el segundo y tercer año.
En cuanto a la nueva regulación de los contratos para la formación y el aprendizaje, Empleo asegura que abre la puerta y pone las bases de la formación profesional dual.
EUROPAPRESS

miércoles, 30 de mayo de 2012

Continúan este martes las protestas por los recortes

El sindicato CSI-F ha movilizado en torno a 300 trabajadores frente a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, contra las medidas de recorte a los funcionarios proyectadas por la Administración autonómica. A la movilización, convocada a las 11:30 horas en todas las capitales de provincia y a la que han decidido sumarse otros sindicatos minoritarios, le seguirán otras planeadas a lo largo de todo el mes de junio.
Con Joaquín Pérez, presidente de CSI-F Málaga, a la cabeza, la protesta, que se ha desarrollado sin incidentes a pesar de la gran afluencia de manifestantes, forma parte del calendario programado por el sindicato con el objetivo de frenar la aprobación del Plan de Ajuste del Gobierno autonómico.
 El sindicato ha solicitado en mesa general de la función pública en Andalucía que se eliminen todas las subvenciones a sindicatos, confederaciones de empresarios y partidos políticos. Así, la central ha propuesto que, antes de que la Junta de Andalucía recorte el sueldo de sus propios empleados, suspenda estas gratificaciones, que suponen casi la mitad del ajuste anunciado.
 CSI-F recuerda que este viernes, 1 de junio, tendrá lugar otra movilización a las puertas del Edificio de Usos Múltiples de la Junta de Andalucía (Edificio Negro).
Los delegados del CSI-F del Ayuntamiento de Alhaurin de la Torre estuvieron ahi  representado a sus compañeros en este acto.

martes, 29 de mayo de 2012

Un juez del Tribunal Supremo cree la reforma laboral puede "rayar" la inconstitucionalidad

El presidente de la Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo, Gonzalo Moliner, ha señalado que el periodo de prueba de un año del nuevo contrato indefinido que introduce la reforma "puede rayar la incostitucionalidad, ya que la Carta Magna reconoce el derecho al trabajo y a la continuidad en él, es decir, a no ser despedido sin causa justa".
Durante su intervención en la segunda jornada de la 'XII Asamblea Nacional de Juntas de Gobierno de Colegios Oficiales de Graduados Sociales', Moliner ha afirmado que la reforma laboral produce un "desequilibrio" en la relación entre el trabajador y el empresario "y devalúa el derecho del trabajo en sí mismo".
El magistrado ha explicado que la nueva legislación laboral provoca una "importante limitación de la autonomía sindical, lo que supone una devaluación del derecho del trabajo en cuanto derecho compensador de las desigualdades".
No obstante, el presidente de la sala de lo penal del Tribunal Supremo ha resaltado que la reforma "no puede ser descalificada sin más, ya que se produce en un momento de crisis económica brutal, y es posible que esta situación justifique una normativa de igual gravedad para contrarrestarla". Si bien, Moliner no ha asegurado que la nueva normativa "pueda contribuir de alguna manera a salir de la crisis".
Por otro lado, Moliner cree que a partir de ahora las causas de despido serán "lo suficientemente indeterminadas como para crear incertidumbre y seguridad". Según el magistrado, antes había que acreditar el motivo de despido y justificarlo, "mientras que ahora esa exigencia queda limitada a que la decisión esté relacionada con problemas genéricos de competitividad, productividad u organización, con independencia de que con ello se contribuya a mejorar la situación de la empresa".
EUROPAPRESS

lunes, 28 de mayo de 2012

La Comunidad Valenciana despedirá a más de 3.000 empleados públicos

Elimina 48 empresas públicas.
El proceso de reestructuración acabará el próximo 31 de diciembre, y supone disminuir en dos tercios el sector público empresarial y fundacional.
El número de empresas públicas y fundaciones dependientes de la Generalidad Valenciana pasará este año de 66 a 18 y su personal se reducirá entre un 40% y un 50%, lo que supone una disminución de al menos 3.000 trabajadores, medida con la que se ahorrarán 215 millones de euros.
Estas cifras forman parte del nuevo mapa del sector público empresarial y fundacional de la Generalidad, que este viernes ha aprobado el Gobierno valenciano y que ha sido presentado por el consejero de Economía, Máximo Buch. Buch ha precisado que el personal de esas empresas pasará de los 7.555 trabajadores actuales a entre 3.700 y 4.500, lo que permitirá un ahorro de 100 millones de euros.
El proceso de reestructuración acabará el próximo 31 de diciembre, y supone disminuir en dos tercios el sector público empresarial y fundacional, que se agrupa en seis áreas.
La Generalidad Valenciana sacó a licitación el pasado mes de diciembre los servicios de asesoramiento para elaborar el Plan Estratégico de Racionalización y Reestructuración del Sector Público Empresarial y Fundacional y el seguimiento de la fase inicial de la aplicación del plan, que fueron adjudicados en febrero a Deloitte SL por 254.880 euros.
La reestructuración del sector público empresarial y fundacional, iniciada el pasado mes de junio, forma parte de las medidas anunciadas por el Gobierno valenciano de reducción del gasto y para la estabilidad presupuestaria.